Sin duda la noticia más importante del mes ha sido la firma por parte del Presidente de EE.UU. Joe Biden de la Ley de Reforma del Transporte Marítimo (OSRA) 2022. De acuerdo con Jon Monroe, analista de la industria marítima, portuaria y logística esta ley aborda dos cuestiones importantes; 1) una normativa para que las líneas navieras embarquen la carga de exportación y, 2) nuevas normativas para sobre cobros de detención y demurrage.
Según Monroe, es demasiado pronto para comprender el impacto total de la nueva ley, pero una cosa es segura: “cambia el enfoque de la Comisión Marítima Federal (FMC) desde lo que era un organismo gubernamental respaldado por las líneas navieras a una organización respaldada por los expedidores”.
De acuerdo con el analista, en apariencias, la nueva ley OSRA 2022 suena simple; sin embargo, estima que “la complejidad está en el seguimiento y los próximos pasos”.
En esos términos, ahora corresponde a la FMC establecer las normativas de la nueva ley, las cuales determinarán hasta qué punto tendrá injerencia la OSRA 22.
Así pues, resulta interesante revisar cuáles son de acuerdo con la OSRA 22 las atribuciones con que ahora la FMC,para aplicar la ley:
- Acceso al espacio de la embarcación de las exportaciones:
La FMC promulgará reglas para definir lo que es razonable y lo que no es razonable en términos de acceso al espacio de la embarcación a través de reservas. Esto podría interpretarse como una atribución para definir el contrato de transporte también.
- 2) Detención y demurrage:
La FMC definirá las prácticas de líneas navieras, operadores de terminales, expedidores e intermediarios de transporte oceánico (OTIs), en cuanto a detención y demurrage. Esto incluirá cómo y cuándo se generan las facturas y su justificación. Bolsas de envío nacionales: La FMC traerá las bolsas de envío bajo su paraguas y definirá las reglas bajo las cuales operan. Me imagino que estas reglas serán similares a las promulgadas para los NVOCC.
- 3) Represalias:
Una Línea naviera o un OTI no podrán tomar represalias contra un expedidor, una OTI o un proveedor de transporte de carga negándole el acceso al espacio o de cualquier otra manera injusta. Se pueden promulgar reglas para definir las medidas de represalia aceptables.
Para más información: https://www.mundomaritimo.cl/noticias/comision-maritima-federal-de-eeuu-y-sus-nuevas-atribuciones-para-proteger-a-los-expedidores