Clave Fiscal: Un alivio tributario temporal para altos fletes marítimo

El 30 de marzo del año en curso entró a regir la Ley de Alivio Temporal por Costos de Transportes Marítimo para las Importaciones Nacionales, con el Fin de Mitigar la Crisis de los Contenedores (10.162). Como bien su nombre lo indica, esta norma lo que busca es mitigar, en parte, el impacto de las fuertes alzas en precios que han venido mostrando los fletes marítimos a nivel internacional, la cual es una situación que ha generado una afectación generalizada en el comercio exterior y de la cual nuestro país no escapa.

Esta ley permite en esencia que se puedan utilizar valores predefinidos o promedios históricos al momento de realizar el Documento Único Aduanero (DUA) de Importación Definitiva, para que, con base en dichos valores ya fijados vía ley o los promedios históricos de fletes marítimos se determinen los tributos a pagar al momento de la nacionalización.

Por lo anterior, un repaso rápido de dicha ley amerita tomar en consideración lo siguiente:

  • La ley contempla los valores fijados o mecanismos de determinación del valor del flete a emplear al momento de realizar la determinación de la obligación tributaria aduanera, lo cual genera una disminución en el pago de los tributos aduaneros a la hora de nacionalizar mercancías.
  • Se contempla una modalidad de valores históricos a utilizar para las mercancías que viajan en contenedores. En relación con esta modalidad, la ley de comentario ya presenta una tabla con los valores correspondientes por país o región de procedencia sobre la cual se ha de fijar dicho flete marítimo.
  • Se contempla asimismo una modalidad diferenciada cuando se trate de mercancías que viajen a granel. En este caso la ley fijó como un parámetro la utilización del valor histórico promedio vigente para el año 2019 o bien el valor real del flete si este último resulta más bajo.
  • Los valores predefinidos resultan de aplicación aun cuando se trate de carga consolidada.
  • Quizás lo más importante, es tomar en consideración que la duración de estas medidas será de un año, plazo que comenzó a correr a partir de la vigencia de la ley, sea desde el 30 de marzo del año 2022.

Desde luego que existen otros detalles importantes qué considerar de dicha ley, pero a modo de resumen es importante rescatar que contamos ya con una medida de mitigación tributaria aduanera que desde luego deberá reflejar un impacto positivo en lo que al costo de la vida corresponde, por lo menos en relación con lo que es el acceso a bienes importados o producidos con materias primas importadas.

Para más información: https://www.nacion.com/economia/clave-fiscal-un-alivio-tributario-temporal-para/EBXEBDK6HNE23D3ZWUJO4J5M4A/story/ 

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